¿Quién puede solicitar una mediación?
Cualquier persona mayor de edad, que desee encontrar una solución pacífica a un conflicto.
Pueden ir las dos partes a informarse, o puede acudir una sola y en este caso será el mediador quien se ponga en contacto con la otra parte para invitarle una sesión informativa. Si la otra parte acude de forma voluntaria y manifiesta su voluntad de iniciar el proceso de mediación en ese mismo momento se concreta día y hora con ambos.
En el CMICAV disponemos de un amplio horario de atención para facilitar el acceso a la mediación.
¿Qué diferencias existen entre la Mediación y el Arbitraje?
Ambos procesos son alternativos al Juzgado y en ambos se trata de resolver un conflicto entre dos o más partes. La diferencia fundamental es que mientras en el Arbitraje, es el árbitro, Perito experto en la materia, quien toma la decisión y dicta un laudo, en la Mediación son las partes, quienes mantienen el control en todo momento, van a ser ellas las que tomen sus decisiones y lleguen a un acuerdo que sea beneficioso para ambas partes. El mediador no decide, el mediador, gestiona el conflicto en el plano relacional y facilita la comunicación
En el CMICAV, contamos con unas instalaciones físicas, especialmente diseñadas para garantizar la confidencialidad de nuestras mediaciones y disponemos de todos los medios técnicos y humanos necesarios para facilitar a nuestros mediados la profesionalidad de nuestro servicio.
¿Cuando es el mejor momento para pedir una mediación?
SIEMPRE es un buen momento para buscar una solución pacífica y consensuada, en la que todos ganen.
¿Qué validez tiene un acuerdo de Mediación?
El Acuerdo de Mediación tiene plena eficacia legal. Es un contrato privado y tiene efecto vinculante entre las partes. Si las partes lo desean pueden elevarlo a escritura pública ante notario y conseguir de esta forma que tengan fuerza de título ejecutivo, esto es, como una sentencia.
En el CMICAV, recomendamos que sean los letrados de las partes quienes les asesoren jurídicamente en cada caso concreto sobre la conveniencia de elevar el acuerdo a escritura pública.
¿Qué ocurre si no se llega a un acuerdo?
Las partes pueden finalizar el proceso cuando lo deseen, la mediación es voluntaria, no hay ninguna penalización ni ninguna consecuencia negativa si no se termina en acuerdo. Las partes siempre tienen a su disposición el recurso a la vía judicial pero no pierden nada por intentarlo y pueden ganar mucho.
¿Quién paga por la mediación?
Las partes pueden ponerse de acuerdo en cómo pagar la mediación pero en el CMICAV recomendamos que la forma de hacerlo sea equitativa y justa para ambos.
¿Y si la otra parte no cumple el acuerdo alcanzado?
El acuerdo de mediación es vinculante para las partes, si no se cumple, puede ser ejecutado judicialmente.
Al haber sido un acuerdo al que han llegado las partes de forma consensuada y voluntaria, la probabilidad de que se cumpla es mucho mayor que si este acuerdo viene impuesto por un tercero.
¿Se necesita contar con un abogado?
Si las partes lo prefieren, pueden acudir con su abogado, en todo caso el mediador deberá procurar que las dos partes se sienten a mediar en igualdad de condiciones.
En el CMICAV, recomendamos a los mediados que informen a sus letrados respectivamente sobre los acuerdos alcanzados en mediación para que en su caso sean sus abogados quienes le den forma jurídica al acuerdo alcanzado y si procede que lo aporten al Juzgado para su homologación judicial.
¿Cuánto dura un proceso de Mediación?
Un proceso de mediación, suele durar varias sesiones de aproximadamente hora y media cada una. La diferencia fundamental con los Juzgados y con el Arbitraje es que el tiempo y el horario lo marcan las partes.
En el CMICAV, disponemos de un amplio horario flexible para adaptarnos a las necesidades de nuestros mediados, el tiempo varía mucho según el caso concreto.