NUEVAS INDICACIONES TECNICAS PROGRAMA DE INTERMEDIACION HIPOTECARIA

NUEVAS INDICACIONES TECNICAS PROGRAMA DE INTERMEDIACION HIPOTECARIA

Estimados compañeros y compañeras.
Como sabéis, en estos días se están adoptando muchas medidas en diferentes ámbitos para intentar paliar los efectos económicos de la DANA y ayudar alas personas, familias y empresas de las zonas afectadas.
Como continuación a las indicaciones técnicas que os hice llegar la semana pasada y que venían a implementar unas medidas en relación a la suspensión de los pagos de las cuotas hipotecarias y moratoria subsiguiente, quiero trasladaros también las nuevas medidas que afectan directamente a nuestro programa de Intermediación Hipotecaria, ya que suponen una modificación de algunos de los puntos relativos al Código de Buenas Prácticas. Estas medidas que os indico a continuación, han sido introducidas por el RDL 7/2024, de 11 de noviembre, publicado ayer día 12 de noviembre en el BOE y recogidas en la “Disposición final sétima, Modificación del Real Decreto Ley 19/2022, de 22 de noviembre” por el que se establece un Código de Buenas Prácticas para aliviar la subida de los tipos de interés en préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual.
En resumen, lo que viene a introducir esta modificación es una ampliación del plazo de duración de este nuevo Código de Buenas practicas de 2022, así como la ampliación del plazo para solicitarlo, modificando en consecuencia el primer párrafo del art. 2, así como el apartado 3 del artículo 3  y añadiendo un nuevo párrafo 4 al articulo 3. De igual forma, estos plazo se ven aumentados si la persona física deudora hipotecaria es residente en alguna de las localidades afectadas por la Dana, cuya relación se incluye en el Anexo del RDL 6/2022, de 5 de noviembre como os indiqué en el mail anterior. En resumen quedaría así esta modificación:
 
RDL 2022, de 22 de noviembre
RDL 7/2022, de 11 de noviembre (modificaciones)
-duración 24 meses
-duración 36 meses
-duración 42 meses en caso de personas residentes en las localidades afectadas por la DANA
-plazo para solicitarlo 24 meses
-plazo para solicitarlo 36 meses
-plazo para solicitarlo: 42 meses en caso de personas residentes en las localidades afectadas por la DANA
 Apartado 4, se aplicaran las medidas del CBP una vez finalizado el plazo de moratoria de los 9 meses establecidos en el RDL 6/2024 de 5 de noviembre
Espero os sirva de ayuda y si tenéis alguna duda, podéis contactar conmigo. Un saludo
Ana Mir